Opina José Colón M. el Caso del Juez Boxeador

++ Las sentencias no Pueden Concluir en el Ring
++ Pelotea la SC tema del uso de la Fuerza Pública
++ Aplicar su Regulación Será Asunto del Edomex

Por Rafael Vilchis Gil de Arévalo.

Muy grave ha sido el caso donde un juez golpeó a un defensor de oficio después de concluida una audiencia, en el reclusorio “Sergio García Ramírez” en Chiconautla, comentado ayer por el Frater en la columna “La Parroquia”.
La ley no indica que los conflictos penales deban terminar en un cuadrilátero cuando hay criterios encontrados.
Jueces y defensores deben actuar profesionalmente, sin tomar como suyos los casos puestos en sus manos para hacer justicia.
Unas versiones dicen que el defensor se burló el juez. Otras indican que el defensor sólo pidió que resolviera como quisiera, pero apegado a derecho.
El asunto quizá pudo terminar con un intercambio de puñetazos y ya, pero ocurrió que el defensor cayó al piso y se golpeó la cabeza contra el pavimento, de ahí que sufra traumatismo cráneo encefálico, una lesión que llega a provocar el muerte.
No se puede decir más porque el Tribunal Superior de Justicia parece no estar enterado del caso que pudiera dar luces sobre el incidente sobre diferencias que tuvieron el juez Hugo Martínez y el defensor Fortino Flores Vega.
En torno a este tema, el licenciado José Colón Morán, ex magistrado del TSJ, opinó lo siguiente:
“En el caso del juez, el Consejo de la Judicatura debiera investigar y en su caso imponer sanción acorde a las exigencias de un cargo de tal importancia. Además dar vista a la Fiscalía Estatal para que investigue el o los delitos cometidos pues además pudo haberse incurrido en encubrimiento. Esto sin duda es un hecho muy lamentable y se exige actuar con energía y ejemplar”.

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Y ahora qué irá a pasar cuando la Suprema Corte de Justicia de la nación se hizo a un lado en el tema de la acción de inconstitucionalidad de la ley que Regula el uso de la Fuerza Pública solicitada por el Congreso local.
Mandó decir que los propios diputados pueden reformar o derogar la ley que aprobaron si les parece inconstitucional.
La ley de Atenco está aprobada, pero no promulgada para ser aplicada. Quedaría vigente hasta conocer el punto de vista de la Suprema Corte en torno a su constitucionalidad, según se dijo.
Promulgarla o no hacer es el dilema que tiene el Poder Ejecutivo. Sin embargo el congreso puede derogarla o darle una revisada, donde podrían quedar eliminadas dos cosas:
La facultad a las policías estatal o municipales intervenir cuando consideren “ ilegal” alguna manifestación o protesta y el artículo octavo que expresa:
“Cuando sea estrictamente inevitable para proteger la vida de las personas y la del elemento, éstos podrán hacer uso intencional de armas letales. Sólo se emplearán armas de fuego en defensa propia o de terceros, en caso de peligro inminente de muerte, lesiones graves o con el propósito de evitar la comisión de un delito particularmente grave que entrañe una seria amenaza para la vida o con el objeto de detener a una persona que represente ese peligro y oponga resistencia a su autoridad o por impedir su fuga, así como en el caso de resultar insuficientes las medidas menos extremas para lograr dichos objetivos”.
Es una ley que sólo han rechazado los legisladores de la organización política Morena. Fue aprobada hasta por representantes populares del PRD.
Es necesario comentar que se viven tiempos electorales complicados. No serán tranquilos.
Algunos grupos políticos ya se manifiestan con lenguaje colérico y provocador por sus deseos de triunfar. Eso puede exacerbar el ambiente y caer en excesos, por lo tanto, se necesitan leyes más enérgicas.
Debería hacer sus comentarios la Comisión de Derecho Humanos, que también involucraron en el tema de “acción inconstitucional.”

fraterafael@hotmail.com

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